Ajuste de Estatus Migratorio - Corporativo Zuñiga

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Ajuste de Estatus por Peticiones Familiares en Estados Unidos

El Ajuste de Estatus es un proceso legal mediante el cual un extranjero que se encuentra físicamente dentro de los Estados Unidos puede solicitar convertirse en residente permanente legal (obtener la “green card”) sin tener que salir del país.

En el contexto de peticiones familiares, el Ajuste de Estatus permite que ciertos familiares inmediatos de ciudadanos o residentes permanentes legales regularicen su situación migratoria si cumplen con los requisitos establecidos en la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), particularmente en las secciones INA § 245(a) y subsecuentes.

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¿Quién Puede Solicitar el Ajuste de Estatus?

El proceso está disponible para personas que:

    • Están físicamente presentes en EE. UU.;
    • Han ingresado legalmente al país (con visa válida o parole);
    • Tienen una petición aprobada (Formulario I-130) de parte de un familiar calificado;
    • Hay una visa disponible para su categoría (según el Boletín de Visas del Departamento de Estado);
    • No son inadmisibles por razones migratorias, criminales o de seguridad.

Tipos de Peticiones Familiares que permiten el ajuste de estatus

  1. Familiares Inmediatos de Ciudadanos Estadounidenses

(No están sujetos a cuotas anuales de visas)

  • Cónyuges
  • Hijos solteros menores de 21 años
  • Padres de ciudadanos estadounidenses (si el hijo tiene al menos 21 años)
  1. Preferencias Familiares

(Sujetos a cupo anual y tiempos de espera)

  • Primera preferencia (F1): Hijos solteros de ciudadanos estadounidenses mayores de 21 años
  • Segunda preferencia (F2A y F2B): Cónyuges e hijos solteros de residentes permanentes
  • Tercera preferencia (F3): Hijos casados de ciudadanos estadounidenses
  • Cuarta preferencia (F4): Hermanos de ciudadanos estadounidenses

Beneficios del Ajuste de Estatus

  • El solicitante puede obtener la residencia permanente sin salir del país.
  • Evita riesgos del trámite consular, especialmente si existen causas de inadmisibilidad.
  • El solicitante puede solicitar simultáneamente:
    • Permiso de trabajo (I-765)
    • Permiso de viaje (I-131)
  • Posibilidad de permanencia legal en EE. UU. durante el proceso (con notificación de recepción).
  • Protege la unidad familiar.
  • Ingreso legal: Haber ingresado a EE. UU. con inspección (visa válida o parole).
  • Petición familiar aprobada (Formulario I-130): Presentada por un ciudadano o residente legal permanente.
  • Visa disponible: Confirmada por el Boletín de Visas del Departamento de Estado (excepto para familiares inmediatos).
  • Presencia física en EE. UU.
  • No ser inadmisible: Según las causales establecidas en INA § 212(a).
  • Formulario I-485 completo, junto con documentación de respaldo y pago de tarifas.

Requisitos Generales del Ajuste de Estatus (Formulario I-485)

Admisibilidad vs. Inadmisibilidad

La persona debe demostrar que no está sujeta a ninguna causal de inadmisibilidad, como por ejemplo:

  • Ingreso sin inspección (excepto bajo protección especial o con perdón).
  • Fraude migratorio (por ejemplo, uso de documentos falsos).
  • Ciertos antecedentes penales.
  • Problemas médicos graves.
  • Amenazas a la seguridad pública o nacional.

Inadmisibilidad:

Si existen causales de inadmisibilidad, en algunos casos se puede solicitar un perdón migratorio (waiver), como el Formulario I-601 o el Formulario I-601A, dependiendo de la situación del solicitante.

Duración del Proceso

Los tiempos varían según el tipo de petición y la carga de trabajo de USCIS. En promedio:

  • Familiares inmediatos: 12 a 18 meses.
  • Preferencias familiares: Depende del tiempo de espera según el Boletín de Visas, más 12 a 24 meses desde que se presenta el I-485.

Durante el proceso, el solicitante puede recibir el permiso de trabajo en un plazo de 3 a 6 meses.

Documentos Clave en el Proceso de Ajuste de Estatus

  • Formulario I-130 aprobado o pendiente.
  • Formulario I-485 (Solicitud de Residencia Permanente).
  • Formulario I-864 (Declaración jurada de patrocinio económico).
  • Formulario I-693 (Examen médico migratorio).
  • Copia del pasaporte, I-94 y visa de entrada.
  • Pruebas de relación familiar (actas de nacimiento, matrimonio, etc.).
  • Formulario I-765 y I-131 si desea permiso de trabajo y viaje.

Advertencias Importantes

  • Personas que entraron sin visa o permanecen sin estatus pueden no ser elegibles, salvo excepciones (como la Ley 245(i) o perdones especiales).
  • La presentación incorrecta de formularios o documentos puede retrasar o negar el ajuste.
  • No presentar un examen médico válido o actualizado (I-693) puede causar demoras.
  • Casos con antecedentes penales deben ser evaluados minuciosamente por un abogado.

Importancia de una asesoría Legal Especializada

En Corporativo Zuñiga, dirigido por el Lic. Marcelo Zuñiga, abogado migratorio con más de 20 años de experiencia en asuntos migratorios en Estados Unidos, entendemos la importancia de cada familia y cada caso.

Le ofrecemos:

  • Evaluación legal precisa de su elegibilidad.
  • Preparación completa y profesional de su solicitud.
  • Representación directa ante USCIS.
  • Asistencia en la obtención de perdones migratorios si es necesario.
  • Estrategia personalizada para casos complejos.

No enfrente solo su proceso migratorio. Confíe en profesionales que entienden la ley y valoran el futuro de su familia.

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